Botiquín de primeros auxilios en viviendas turísticas: Requerimientos según el Decreto 28/2016
Si tienes una vivienda con fines turísticos, es importante que conozcas los requerimientos establecidos por el Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos y de modificación del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos, en relación a la obligatoriedad de tener un botiquín de primeros auxilios en la vivienda turística.
Según el Decreto, todas las viviendas turísticas deben contar con un botiquín de primeros auxilios que incluya suministros básicos para tratar lesiones y enfermedades leves. Este botiquín debe estar ubicado en un lugar visible y de fácil acceso para los huéspedes, y debe ser revisado y reabastecido regularmente para asegurar que todos los suministros estén en buen estado y no hayan caducado.
El decreto establece que en el caso de no proceder a dicha inscripción conlleva sanciones desde 18.000€ hasta 150.000€.
Entre los elementos que se deben incluir en el botiquín de primeros auxilios se encuentran los siguientes:
– Guantes desechables para proteger a la persona que administra los primeros auxilios.
– Vendajes y apósitos de diferentes tamaños y tipos para cubrir heridas y lesiones.
– Alcohol y gasas estériles para limpiar las heridas.
– Tijeras para cortar vendajes, apósitos y cinta adhesiva.
– Termómetro para medir la temperatura corporal y determinar si alguien tiene fiebre.
– Medicamentos básicos como analgésicos y antipiréticos para aliviar el dolor y la fiebre, así como medicamentos para tratar alergias, náuseas y mareos.
– Solución salina para limpiar heridas y lavar los ojos.
Es importante que los huéspedes sepan dónde se encuentra el botiquín y cómo utilizarlo en caso de emergencia. Por lo tanto, se recomienda colocar una etiqueta con instrucciones claras sobre el uso del botiquín, incluyendo información sobre cómo llamar a los servicios de emergencia si es necesario.
En conclusión, el Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos y de modificación del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos, establece la obligatoriedad de tener un botiquín de primeros auxilios en la vivienda turística. Para cumplir con los requerimientos del Decreto, el botiquín debe contener los suministros básicos necesarios para tratar lesiones y enfermedades leves, y debe ser revisado y reabastecido regularmente. Además, se recomienda que los huéspedes estén informados sobre la ubicación del botiquín y cómo utilizarlo en caso de emergencia.
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